¿Es abusiva la cláusula predispuesta que impone la pérdida de las cantidades entregadas a cuenta del precio en caso de incumplimiento del comprador? Dos sentencias y un voto particular
Abstract
Se discute el posible carácter
abusivo de una cláusula predispuesta por la Promotora POLARIS WORD REAL
STATE, que la incluye en los contratos celebrados con los compradores de segundas
residencias en una gran urbanización de Murcia, proyectada antes del estallido de
la crisis financiera. Conforme a
la cláusula litigiosa, el incumplimiento de la compradora daba derecho a la
vendedora a resolver el contrato y retener, en concepto de “pena civil”, las
cantidades entregadas hasta la fecha por aquella. La cantidad que se retiene lo
es no para compensar por el desistimiento voluntario y lícito del contrato, sino por
el incumplimiento del mismo. El TS niega el carácter abusivo de la cláusula por suponer una “indemnización
desproporcionadamente alta” porque, tras haberse probado
los daños reales, su montante resulta ser superior al de la pena pactada.